Con el fin de garantizar la inocuidad de los productos y proteger la salud de los consumidores, las industrias alimentarias disponen de sistemas de autocontrol APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico). Desgraciadamente, a pesar de disponer de estos sistemas, pueden aparecer problemas que comprometan la seguridad de los alimentos y la salud de los consumidores.
Ante estos casos, es importante disponer, tal y como establece el Reglamento 178/2002, de un sistema eficaz de alerta alimentaria que permita que empresas y autoridades puedan trabajar de forma conjunta y coordinada con el fin de retirar el producto afectado del mercado y evitar problemas de salud pública.
A nivel estatal, la AESAN (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición) actúa como punto de contacto y coordinación entre las siguientes redes de alertas alimentarias: SCIRI (nivel nacional), RASFF (nivel europeo) e INFOSAN (nivel internacional).
INFOSAN (INTERNATIONAL FOOD SAFETY AUTHORITIES NETWORK)
Es la Red Internacional de Autoridades de Inocuidad de los Alimentos, un canal voluntario de comunicación mundial coordinado por la acción conjunta de la FAO y la OMS.
Los objetivos de esta organización son:
- Ante crisis relacionadas con la inocuidad de los alimentos, promover el intercambio rápido de información.
- Compartir información sobre cuestiones importantes relacionadas con la inocuidad alimentaria de interés mundial.
- Promover la colaboración entre las diferentes organizaciones a nivel internacional.
- Reforzar la capacidad de actuación de los países ante emergencias vinculadas a la inocuidad alimentaria.
Esta red está formada por las autoridades nacionales de casi todos los Estados Miembros de la FAO y la OMS.
EL SISTEMA DE ALERTA RÁPIDA RASFF
RASFF son las siglas de Sistema de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos en inglés (Rapid Alert System for Food and Feed). Este sistema fue creado en 1979 para facilitar el intercambio de información, relacionada con incidentes alimentarios, que pudieran dar lugar a un problema de salud pública.
Actualmente, el RASFF proporciona servicio las 24 horas del día y cuenta con los siguientes portales:
- RASFF window: portal destinado al consumidor donde se facilita la información relacionada con los avisos de retirada de productos de consumo y/ o avisos públicos emitidos por las autoridades a la población. En este portal también podemos encontrar investigaciones relacionadas con notificaciones pasadas.
- IRASFF: portal para el intercambio de información de los miembros del RASFF (notificaciones o seguimientos).
¿QUIÉNES SON LOS MIEMBROS DEL RASFF?
El RASFF está formado por:
- La Comisión Europea (responsable de la gestión del sistema.)
- La EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria).
- Los estados miembros de la UE. La comunicación con el RASFF se hará por medio de los puntos de contacto determinados por cada uno de los estados. En España, el punto de contacto es la AESAN.
- Noruega, Lichtenstein, Islandia y Suiza.
Además, podrán participar países terceros y organizaciones internacionales.
¿CÓMO FUNCIONA EL RASFF?
Cuando un miembro del RASFF disponga de información relacionada con un producto alimentario, o pienso, susceptible de causar un riesgo grave para la salud de la población, deberá informar rápidamente a la Comisión Europea a través del sistema RASFF.
La transmisión de la información se hará a través de modelos estandarizados donde, entre otra información útil, aparecerá la identificación del producto, el peligro o los peligros encontrados, la medida o medidas tomadas e información que permita determinar el origen del producto.
Verificada la información, la Comisión transmitirá la notificación a cada uno de los miembros de la red, para que puedan comprobar si se encuentran afectados. Realizadas las comprobaciones pertinentes, los estados miembros comunicarán, a través del sistema RASFF, los resultados de la comprobación y, si es el caso, las medidas tomadas para controlar el riesgo.
Cuando el producto afectado sea originario de un estado miembro de la UE, éste informará del resultado de sus investigaciones en cuanto al origen, distribución y causa del problema en el resto de países miembros, con el fin de que puedan aplicar, en su caso, medidas de actuación rápidas.
En el caso de terceros países, la Comisión tendrá la obligación de transmitir la información de notificación de alerta cuando:
- El producto afectado se haya exportado a dichos países.
- Un producto originario de ese país ha sido objeto de una notificación.
La correcta transmisión de la información permitirá que los países puedan aplicar las medidas correctoras pertinentes para evitar un problema mayor.
TIPOS DE NOTIFICACIONES DEL RASFF
Las notificaciones emitidas por el RASFF se clasifican en:
Notificación de alerta:
La notificación de alerta se emite siempre que un alimento, material en contacto en los alimentos (MCA) o pienso, presente un riesgo grave para la salud de los consumidores o animales.
El objetivo de esta notificación es que los estados miembros detectan rápidamente si dicho producto está en su mercado y puedan tomar las medidas necesarias para evitar su consumo.
Notificación de información:
Las notificaciones de información se utilizan cuando el alimento, pienso o MCA afectado no presenta un riesgo grave para la salud de la población y no requiere de una actuación rápida.
Las notificaciones pueden ser de dos tipos:
- Información para el seguimiento: cuando el producto está en el mercado, o puede comercializarse en otro país, pero no requiere una actuación rápida para su retirada.
- Información para atención: cuando los productos afectados no han sido comercializados o que, con la información disponible, no tendrían que estar presentes en el mercado.
Rechazos en frontera:
Se utiliza para partidas de alimentos o piensos que, tras su análisis, se han rechazado en las fronteras exteriores a la UE y el Espacio Económico Europeo (EEE), ya que son un riesgo para la salud.
Estas notificaciones se envían a todos los puntos fronterizos con el fin de evitar la entrada del producto rechazado por otra frontera.
Noticias:
Información relacionada con la seguridad alimentaria y piensos que no se ha notificado como alerta o notificación informativa, pero puede ser interesante para las autoridades de control.
EL SISTEMA DE ALERTA ALIMENTARIA SCIRI
SCIRI son las iniciales del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información, relacionada con peligros presentes en alimentos, piensos o materiales en contacto con los alimentos, que pueden suponer un riesgo para la salud de las personas o los animales. Este sistema de información se encuentra en vigor desde el año 1987 y está coordinado por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
¿QUIÉNES SON LOS PARTICIPANTES DEL SISTEMA SCIRI?
El sistema SCIRI está constituido por:
- Las autoridades de control de las comunidades y ciudades autónomas.
- El Ministerio de Sanidad.
- El Ministerio de agricultura, pesca y alimentación.
- El Ministerio de Consumo.
- El Ministerio de Defensa.
- El Ministerio de Interior.
- Las industrias alimentarias.
- Consejos de los Colegios Profesionales.
- Asociaciones de Consumidores y usuarios.
- Otras asociaciones de representación de población en riesgo.
¿CUÁL ES EL PROCESO DE ACTUACIÓN DEL SISTEMA SCIRI?
Ante un problema de seguridad alimentaria, o relacionado con MCA, detectado por alguno de los participantes de la red SCIRI (agentes de control oficial, operadores económicos, consumidores…), se inicia un expediente de notificación de alerta alimentaria y se procede a recoger toda la información disponible respecto al producto afectado.
La información requerida para poder emitir una notificación es:
- Nombre de la Autoridad Competente que hace la notificación, si ésta es diferente del punto de contacto.
- Descripción del posible incumplimiento.
- Identificación, si procede, de los operadores asociados al posible incumplimiento.
- Información detallada de las mercancías implicadas y sospechosas: origen y destino de las mercancías identificando las CCAA y países implicados.
- Información sobre el riesgo y, en caso necesario, evaluación que lo justifique.
- Indicación de la posible relación con otras notificaciones, prácticas fraudulentas, etc.
Una vez analizada la información, se tendrán en cuenta los siguientes criterios para determinar si la notificación debe ser publicada por parte de la AESAN o las Comunidades Autónomas, a través de las webs institucionales y los canales de comunicación, con el fin de informar a la ciudadanía sobre un riesgo grave relacionado con un producto alimentario que está a la venta:
- Tipo de riesgo asociado al producto afectado.
- Disposición del producto para la población.
- Existencia de un brote alimentario, o que haya una alta probabilidad de que se dé, por parte del producto objeto de la alerta.
- Que haya una comunicación a la población por parte de una CCAA u otro país.
- Tal y como indica el Reglamento 178/2002 en el artículo 19, existe alguna comunicación pública de retirada de un producto por parte del operador afectado.
La publicación de una alerta en la web de la AESAN se hará en el apartado de alertas alimentarias en tres secciones diferenciadas:
Alertas alimentarias de alergógenos y otras sustancias no declaradas, que pueden generar problemas de salud que en ciertos casos pueden suponer un riesgo grave para las personas afectadas. Las notificaciones estarán relacionadas con los alérgenos, a las sustancias que producen intolerancias y al gluten.
Ej: Alerta posible presencia de proteína de leche en un Crunch de cacahuete procedente de España.
Alertas alimentarias de complementos alimentarios que contienen sustancias farmacológicamente activas que pueden suponer un riesgo grave para la salud de las personas que los consumen.
Ej: Alerta por presencia de sustancia no autorizada (yohimbina) en complemento alimentario procedente de Suiza.
Alertas alimentarias de interés general.
Ej: Alerta por posible presencia de fragmentos metálicos en diversos tipos de galletas con chocolate, procedentes de los Países Bajos.
Finalmente, las autoridades competentes emitirán un informe del seguimiento de la notificación, indicando si se ha hecho la retirada efectiva del producto implicado, aclarando las causas que han dado lugar a la alerta y estableciendo las medidas correctivas.
En el caso de que el producto afectado haya llegado a algún país miembro de la UE o países terceros, se generará una comunicación original y se transmitirá al punto de contacto único de la AESAN a través del sistema IRASFF.
Así pues, hay que tener en cuenta que un expediente de alerta alimentaria no implica, en todos los casos, que los productos hayan llegado al consumidor, por eso no todas las notificaciones del RASFF o expedientes de alertas alimentarias generan una publicación para mantener informada a la población.
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